Unas galletas de avena que incluyan cacahuete es un ejemplo de que si no se andan con extremo cuidado, los alérgicos pueden llevarse una desagradable sorpresa en cualquier momento comiendo alimentos que a primera vista parecen seguros. Según el informe Alergológica 2015 de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC) una de cada 10 personas que acude a sus consultas lo hace debido a algún tipo de alergia alimentaria. Sus síntomas pueden llegar a provocar reacciones muy violentas y peligrosas como la anafilaxis (una reacción inmune que afecta a varios sistemas orgánicos y que puede llegar a ser mortal). Además, las personas que sufren reacciones muy graves son sensibles incluso a cantidades muy pequeñas de alérgenos, por lo que no siempre pueden estar seguros de qué comer, dado que un rastro microscópico puede llevarlos al hospital. Afortunadamente, en 2005 se aprobó el Real Decreto 2220/2004 en el que se obligaba a que en las etiquetas de alimentos se informase de la presencia (aunque fuese en cantidades ínfimas) de 12 alérgenos:
- Cereales con gluten (harina de trigo, avena, centeno, etc).
- Crustáceos y derivados (como el surimi).
- Huevo (incluídos los productos que puedan contener tan solo trazas).
- Pescado.
- Cacahuetes (o sus trazas).
- Soja (o su aceite).
- Leche y derivados (mantequilla y queso).
- Frutos de cáscara (nueces, avellanas, pistachos…).
- Apio.
- Mostaza.
- Sésamo.
- Sulfitos y dióxido de azufre.
En 2006 se añadieron 2 alérgenos más:
- Altramuces y derivados (como su harina).
- Moluscos y derivados (surimi).
Además, el actual reglamento europeo, en vigor desde el 13 de diciembre de 2014, obliga a que no solo a que los productos envasados informen de la presencia de alérgenos, sino también los distribuidos en bares, hospitales, restaurantes, colegios y los vendidos a granel y a distancia. También permite que los alérgicos puedan dejar la lupa en casa. Este reglamento obliga a que la información sobre alérgenos cumpla unos estándares de legibilidad: “La información alimentaria obligatoria se indicará en un lugar destacado, de manera que sea fácilmente visible, claramente legible y en su caso, indeleble” y con un tamaño de letra mínimo de 1,2mm. En los envases demasiado pequeños como para poner una lista completa de ingredientes (una bolsita de Ketchup, por ejemplo) solo dos datos serán obligatorios: la fecha de caducidad y los alérgenos. Por último, también se obliga que se especifique el origen de los aceites vegetales presentes en los alimentos, lo que beneficia a los alérgicos a la soja o a las semillas de girasol. Todo ello supone un avance en la seguridad alimentaria para las personas con alergias a la comida: ahora sabrán a ciencia cierta lo que pueden comer y lo que no.
Lo habitual cuando sufres cualquier tipo de síntoma anómalo relacionado con la alimentación, es proclamarlo automáticamente como alergia, pero lo cierto es que esto es un error, ya que en la mayoría de casos estas reacciones aparecen más por una intolerancia alimentaria.
Una alergia suele hacer reacción prácticamente en el momento en el que se ha ingerido el alimento ya que afecta directamente al sistema inmunológico, mientras que una intolerancia suele tardar más tiempo en manifestarse debido a que no atañe a nuestro sistema inmune.
Por ello nuestros productos presenta siempre el correcto etiquetado de los alérgenos que puedan contener. En Andiamo nos preocupa la salud de nuestros clientes.